Boletín No. 29 · Asuntos regulatorios

Boletín No. 29 (02-21)

Portada del Boletín No. 29 (02-21)

Boletín histórico. Se conserva tal como se publicó el 5 de marzo de 2021; la normativa puede haber cambiado desde entonces.

Colombia no requerirá la impresión del número de NSO en la etiqueta, envase o empaque de productos cosméticos

El Invima, en línea con la directriz del Gobierno Nacional relacionada con el apoyo a la formalización del sector productivo a través de la eliminación de trámites innecesarios y con el propósito de brindar una mayor agilidad frente a la entrada al mercado de productos cosméticos en Colombia, ha informado que se acogió a lo previsto en el artículo 12 de la Decisión 857 de 2020.

Por lo anterior, a partir del 05 de marzo del presente año, no exigirá en el territorio nacional, la impresión y/o declaración del número de Notificación Sanitaria Obligatoria en la etiqueta, envase o empaque de productos cosméticos.

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